¿Qué es un certificado energético?

Según el Real Decreto 47/2007, todos los Edificios de Nueva Construcción y desde el pasado 1 de junio de 2013 según el Real Decreto 235/2013, los Edificios Existentes o Parte de los mismos (viviendas y locales) en Venta o en Alquiler deben disponer de un Certificado de Eficiencia Energética.

El Certificado Energético es un documento obligatorio para vender o alquilar un inmueble, que refleja el consumo energético y las emisiones de CO2 asociadas, de manera que cuanto menores sean estos valores, mejor calificación energética se obtiene.

El informe del certificado energético contiene una amplia información sobre el inmueble, tal como situación, edificación, referencia catastral, orientación, envolvente térmica, sistemas de calefacción, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria, iluminación (en locales y oficinas), etc…

El certificado energético tiene una validez de 10 años. Una vez transcurridos debe ser renovado o actualizado según las condiciones específicas que marque el órgano competente de cada Comunidad Autonómica.

¿Qué es la etiqueta energética?

certificado energeticoLa Etiqueta Energética es un documento resumen del certificado energético que expresa con indicadores energéticos las calificaciones de emisiones y el consumo de energía asociado al inmueble, mediante una escala de siete colores y letras, que van de la A (más eficiente) a la G (menos eficiente) y que es emitida por la Consejería de Economía y Fomento de la JCYL después del registro oficial del certificado energético en la misma.

Es obligatorio mostrar la calificación energética  en cualquier oferta, promoción o publicidad dirigida a la venta o alquiler del inmueble.

¿Cuándo y dónde entregar el certificado energético?

En caso de venta del inmueble, el propietario debe entregar el certificado energético al comprador e incluirlo en el contrato de compraventa el día de la firma notarial.

En caso de alquiler del inmueble, se debe mostrar y entregar una copia al inquilino a la hora de depositar la fianza.

Sanciones

La responsabilidad de obtener el certificado energético del inmueble es del propietario del mismo, con lo que es quien debe contratar al técnico certificador.

La ley 8/2013, de 26 de junio, establece las sanciones por incumplimiento de la normativa de certificación energética.

Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves y tienen asociados los siguientes valores:

 

sancionLeves: de 300 a 600€

Graves: de 601 a 1000€

Muy graves: de 1001 a 6000€

 

 

Las infracciones sancionadas son: no mostrar la calificación energética en el anuncio de venta o alquiler del inmueble, vender o alquilar el inmueble sin el certificado energético o falsear el mismo.